
El diputado Juan Denett presentará un proyecto de ley en la cámara baja que busca
reglamentar el funcionamiento integral del Ministerio Público para garantizar su
independencia del Poder Judicial de la provincia.
De acuerdo a lo que se conoció, la iniciativa pretende que el Ministerio Público
cuente con una ley orgánica propia, que lo reglamente de manera autónoma, ya que
actualmente se encuentra regulado por la Ley Orgánica del Poder Judicial.
De esta manera, se podrá garantizar su absoluta independencia funcional,
estableciendo además que, si bien el Ministerio Público debe actuar en coordinación
con las demás autoridades del Estado, debe hacerlo sin someterse a instrucciones
de órganos ajenos a su estructura, conforme lo establece la Constitución Provincial
en su artículo 200.
En este sentido, el proyecto aclara que, teniendo en cuenta que en la actualidad no
se encuentran bien definidas la estructura jerárquica, las misiones y funciones de la
Fiscalía General y la Defensoría General, dos órganos con funciones y finalidades
específicas y diferenciadas, en el articulado se especifica cada una de ellas.
En los fundamentos del proyecto se consigna que la Fiscalía General y la Defensoría
General, como organismos que agrupan y dirigen a fiscales por un lado y a
defensores por el otro, tienen objetivos que son necesariamente distintos y
contrapuestos.
Cabe aclarar que es cierto que existen objetivos últimos, en términos institucionales,
que pueden ser comunes, como por ejemplo velar para que el sistema de
administración de justicia respete las garantías constitucionales. Sin embargo, esta
situación no puede confundir los objetivos estratégicos que deben guiar a cada uno.
Es por ello que a través del proyecto se pretende definir en forma específica las
funciones y misiones de cada uno, así como los principios que rigen su accionar y
organización.
En alusión a esto, el diputado Juan Denett, en diálogo con El Esquiu.com, expresó:
“Resulta necesario y esencial la sanción de una Ley Orgánica del Ministerio Público,
en la cual se encuentren definidos, especificados y diferenciados los objetivos
institucionales y las funciones de los fiscales y de los defensores.
”A la Fiscalía General la caracteriza la función de persecución penal, investigación y
búsqueda de aplicación de la ley penal, mientras que a la Defensoría la rige el
principio de garantizar la defensa en juicio de los imputados, es decir, contradecir las
afirmaciones que realicen los fiscales. Más allá del sistema procesal particular, aquel
que acusa y aquel que defiende en un proceso penal, tienen tareas contrarias”.
En el mismo sentido, Denett, manifestó: “La autonomía del Ministerio Público resulta
clave para garantizar el derecho de acceso a la justicia de las víctimas, y el
cumplimiento del deber del Estado de investigar, perseguir y sancionar los delitos,
situación que no se da, como debería, actualmente y hace varios años ya, a causa de
la desidia del Poder Judicial”.
Por último, el joven legislador concluyó: “Otra de las cuestiones que son tenidas en
cuenta en el proyecto son la figura de las fiscalías especiales penales juveniles y la
fiscalía de violencia familiar y de género, esta última creada por ley, promulgada en
2015, pero que actualmente, por el abandono y desinterés del Poder Judicial, no se
encuentra en funcionamiento”
El Esquiú