Luego de dos años y medio sin enviar a juicio la causa, Ezequiel Walther, fiscal de cuarta nominación de la primera circunscripción judicial de Catamarca, pidió el cese de la prisión preventiva de un joven de 28 años acusado por el delito de abuso sexual gravemente ultrajante en forma continuada agravado por el daño en la salud de la víctima. La jueza de Garantías, María Cecilia Más Saadi, concedió la libertad inmediata y notificó ayer martes a la madre de la víctima, una niña de 6 años, que había denunciado lo sucedido en diciembre de 2018.

Angustiada por lo sucedido, la tía de la niña, que actualmente tiene 9 años, manifestó su preocupación por las demoras en el proceso de la causa y por la libertad de su excuñado. Adelantó además que hoy se manifestarán frente al edificio de la Fiscalía ubicado sobre la calle Junín al 600 para pedir justicia.

Según relató, la denuncia fue radicada en diciembre de 2018. En aquel momento, su hermana y madre de la nena que entonces tenía 6 años de edad, descubrieron los abusos tras llevarla de urgencia al hospital por una lesión que se había provocado andando en patines.

Al ser revisada por los médicos, descubrieron otro tipo de lesiones que fueron constatadas por el ginecólogo infantil y diagnosticadas como virus del papiloma humano (VPH), una enfermedad de contagio principalmente sexual. Es por esta razón que se ordenaron más análisis y se supo que la criatura era víctima de abuso sexual.

La denuncia fue radicada de inmediato contra el tío de la nena que fue a quien ella sindicó como el autor de los ultrajes, que eran cometidos mientras ella visitaba a su padre los fines de semana y quedaba a su cuidado.

Sin embargo, y pese a que se le realizaron dos cámaras Gesell, y las pericias ginecológicas fueron contundentes, el fiscal instructor “demoró seis meses en meterlo preso porque quería tener todas las pruebas”, contó la tía.

El hombre fue detenido en junio de 2019 y el juez de Garantías avaló su detención preventiva por la gravedad de la imputación y el daño causado.

“Si el fiscal tenía todas las pruebas que buscaba hace dos años, no comprendemos cómo es que no terminó de investigar en todo ese tiempo y aún mantiene la causa y pide que lo liberen”, explicó la tía.

Según refirió, su hermana no tenía dinero para poner un abogado querellante. “Ella eligió juntar dinero, con el que toda la familia colaboró, para hacerle el tratamiento a mi sobrina en Córdoba. Fue un tratamiento largo, caro y doloroso para la nena y aún sigue porque es una enfermedad grave”, dijo.

En tanto, por carecer de un letrado que ejerza el patrocinio de la causa, la madre de la nena “nunca pudo saber qué sucedía. Cuando iba a preguntar la atendía cualquiera y no pudo hablar con el fiscal porque se lo negaban. Incluso, en diciembre del año pasado debió pedirle a una abogada amiga que la acompañe para poder saber algo de la causa y le dijeron que no iban a soltarlo”, explicó.

Mañana –por hoy- vamos a manifestarnos en Fiscalía. Esto no puede suceder. Nadie nos responde, nos notifican la libertad y mi hermana está devastada porque no entiende. El sufrimiento es mucho. La niña perdió contacto con su familia paterna que protege al culpable y la tratan de mentirosa y el fiscal termina dando esta respuesta. No es justicia”, aseguró.

El pedido del cese de prisión preventiva solicitado por Walther se hizo en los términos del artículo 295 inciso 4 del Código Procesal Penal, es decir, teniendo en cuenta que el imputado había cumplido el plazo máximo que puede permanecer una persona privada de su libertad sin ser juzgada. La posición del fiscal fue ratificada y avalada por la jueza de Garantías Más Saadi.

Demoras

El tiempo que puede demorar la instrucción penal preparatoria de una causa hasta ser elevada a juicio, comienza a contarse desde que se le toma declaración al imputado. En el caso de que haya detención preventiva, el plazo lo fija el tiempo máximo que establece Código Procesal Penal de Catamarca, que es de 2 años.

Este tiempo, puede ser prorrogable por un año más, previo pedido a la Corte de Justicia, en el caso de que se trate de una causa de “evidente complejidad y de difícil investigación”. “Si el superior entendiere, previa vista al Procurador General, que la misma está justificada, autorizará el pedido y devolverá los autos al remitente”, señala el Código de procedimiento.

En tanto, para las demoras e incumplimiento de los plazos procesales, el artículo 217 de la Constitución Provincial señala que pueden aplicarse sanciones administrativas pecuniarias con quitas de un porcentaje de los haberes del representante del Ministerio Público Fiscal.

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