Esta iniciativa anunciada por el ministro de Desarrollo Productivo, Matías Kulfas, y la titular del organismo recaudador, Mercedes Marcó del Pont, tiene por objetivo «promover la reactivación productiva de las pequeñas y medianas empresas, incluyendo a los monotributistas y autónomos», y alcanza a quienes tienen deudas impositivas, aduaneras y previsionales, indicaron los funcionarios en la presentación del plan.

«Estamos teniendo muchas consultas y hay interés de los clientes en acceder a la moratoria porque tiene beneficios muy interesantes», dijo Silvio Rizza, presidente de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (Facpce), quien además recalcó que la medida alcanza también a consorcios.

Desde la entidad sostienen que el acercamiento de las empresas a la iniciativa que condona multas, establece un plan de pagos accesible y cuya adhesión producirá la suspensión de las acciones penales tributarias y aduaneras en curso y la interrupción de la prescripción penal, siempre y cuando no tuviere sentencia firme, «tendrá un alto nivel de aceptación».

La moratoria permite refinanciar en plazos de hasta 10 años toda la deuda impositiva, aduanera y de la seguridad social que tenga un contribuyente y pagar una única cuota mensual. «La moratoria representa un alivio para la situación de asfixia financiera a la que fueron llevadas las pymes», sostuvo Marcó del Pont, al enfatizar que «el Estado argentino asume con los contribuyentes una posición similar a la que le solicita a sus acreedores externos: ofrece tiempo para ordenarse y volver a crecer».

El plan contempla la condonación parcial de intereses y total de multas, y las empresas que ingresen a la moratoria serán beneficiadas por una quita promedio del 42% sobre el total de las deudas con la AFIP.

Las empresas, entidades sin fines de lucro, monotributistas y autónomos interesados en acceder a este mecanismo de alivio para sus deudas, deberán inscribirse a través del sitio web de la AFIP. En todos los casos, las personas humanas y jurídicas que decidan acogerse al plan deberán obtener el Certificado Mipyme otorgado por el Ministerio de Desarrollo Productivo, y los interesados tienen hasta el 30 de abril para solicitarlo.

Las principales características de la moratoria son:

Plazo de inscripción: Del 17 de febrero al 30 de abril.
Plazo de pago: Hasta 120 cuotas para obligaciones tributarias y aduaneras y hasta 60 cuotas para aportes y retenciones.
Condonación: Parcial para los intereses y total para las multas.
Tasa: 3% mensual fija por un año y a partir de ese momento, tasa variable.
Empalme: La moratoria permite utilizar todas las devoluciones aprobadas y pendientes de pago que un contribuyente tenga a favor en AFIP, para restarlo de la deuda.
Alcance: Se puede incluir deuda vencida hasta el 30 de noviembre de 2019 y planes de pago vigentes hasta el 23 de diciembre de 2019 o caducos.
Beneficio inmediato: Levantamiento de embargos y suspensión de la acción penal.
Requisito: Contar con el Certificado MiPyme que otorga el Ministerio de Desarrollo Productivo, documento que puede obtenerse hasta el 30 de abril.