A través de disposiciones aparecidas en el Boletín Oficial, la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat), prohibió la venta de unos barbijos falsificados y de un aceite de oliva ilegal.
El organismo prohibió el uso, la comercialización y la distribución de todos los lotes del producto falsificado, con las características expuestas, rotulados como: “CONTROLADO Y APROBADO, CÓDIGO BARBIJO MEDISPO, Autorizado por la A.N.M.A.T. PM 2055-1, VENTA LIBRE, Elaborado por CDG SA, Dirección General Paz 1052 Tandil BSAS”.
La prohibición fue llevada a cabo luego de una donación anónima que recibió el hospital Carrillo de Buenos Aires. Las autoridades del nosocomio quisieron comunicarse con la empresa que aparecía como fabricante y la firma aseguró que no se dedica a la confección de barbijos si no a la importación, por lo que el producto era falsificado.
El barbijo original se distribuye en caja (no en bolsa de nylon), está hecho con tela SMS, son tricapa, termosellados y con una chapita para ajuste en la nariz, a diferencia del falsificado. Además, hay errores en el código del producto, en la ubicación del etiquetado y en el domicilio de la empresa.
Aceite de Oliva
En otra disposición de la Anmat, la 6188/2020 publicada en el Boletín Oficial, el organismo prohibió la venta y comercialización de un aceite de oliva por estar falsamente rotulado y, en consecuencia, es un producto ilegal.
Se trata de las diferentes presentaciones del aceite de oliva marca ‘La mia terra’ “por ser productos falsamente rotulados que utilizan los registros sanitarios de otra razón social dados de baja en el año 2014, resultando ser en consecuencia productos ilegales”.
Además Anmat “recomienda a quienes hayan adquirido los productos investigados que se abstenga de consumirlos, y que todo expendedor que tenga los productos entre su stock, se abstenga de comercializarlos”.
“Que los productos infringen el artículo 3° de la Ley N° 18284, el artículo 3° del Anexo II del Decreto 2126/71 y los artículos 6° bis, 13, 155 del Código Alimentario Argentino (CAA), por ser productos falsamente rotulados que utilizan los registros sanitarios de otra razón social dados de baja en el año 2014, resultando ser en consecuencia productos ilegales”, se informó en el Boletín Oficial.