
Denett aclaró que el Estado todavía no había sido notificado de la resolución judicial y por lo tanto esperará conocer los fundamentos. De todos modos, aclaró que la base de la apelación será que existe un interés público para garantizar que la energía como elemento vital llegue a poblaciones que están más aisladas y también para garantizar servicios a los medios de comunicación que tienen sus antenas instaladas en la Cuesta del Portezuelo.
El pasado 27 de agosto, la jueza en comisión del fuero civil Delia Isabel Arias hizo lugar a la acción de amparo ambiental que fue presentada en julio de 2013 por el ciudadano José Eduardo Aroca en contra del Estado Provincial y de Ana Gabriela Correa Peralta, titular de Gabiola Empresa Constructora, por el cambio de traza en la ejecución de la línea eléctrica de 33 kw Santa Cruz- Las Antenas (Cerro Ancasti), para el suministro de energía que estaba destinado al sistema de TV digital abierta.
Siete años después de iniciada la causa, la magistrada condenó a la empresa y al Estado provincial al levantamiento de bases, postes, columnas, cables, transformadores y todo lo demás referido al tendido eléctrico en cuestión, “para volver la situación existente en la Cuesta del Portezuelo y su entorno natural (el tramo de la ruta provincial Nº 42 enclavada en la ladera occidental de la sierra de Ancasti) al estado en que se encontraba el lugar con anterioridad a la realización del cambio de traza de la obra pública identificada como “Línea Eléctrica de 33 KV Santa Cruz – Las Antenas (Cerro Ancasti)” . Los costos deberán correr por cuenta del Estado y de la empresa.
Establece que se deberán arbitrar todos los medios necesarios para garantizar el suministro eléctrico mientras se ejecuten los trabajos, otorgando un plazo de 30 días para iniciarlos, computables a partir de que la sentencia quede firme y fija un plazo de 90 días para concluirlos, lo que deberá ser comunicado al Tribunal, bajo apercibimiento de multa en caso de incumplimiento.