Finalmente, CAMINO S.A dio marcha atrás con los despidos de 24 trabajadores que se desempeñan en la planta de ALCO, ubicada en la localidad de Sumalao, Valle Viejo. La medida se tomó en el marco de la conciliación obligatora dictada por la Dirección de Inspección Laboral (DIL) de la Provincia y por la cual la empresa tiene prohibido avanzar con despidos o medidas que modifiquen el estado actual de las cosas desde el dictado de la conciliación.

El conflicto se inició el lunes, cuando más de una veintena de trabajadores, con una antigüedad que va desde los 15 hasta los más de 30 años, fueron notificados de manera verbal de su desvinculación de la empresa. Conocida la noticia, el Sindicato de Trabajadores de la Industria de la Alimentación (STIA) junto a los empleados de la planta iniciaron una medida de fuerza consistente en bloquear al ingreso a la planta.

Además, la DIL tomó intervención dictando la conciliación obligatoria para impedir los despidos, teniendo en cuenta que los trabajadores no habían sido notificados mediante carta documento de su desvinculación, razón por la cual esos despidos no se habían perfeccionado hasta el dictado de la medida de la Dirección de Inspección Laboral.

Sin embargo, la empresa se negaba, hasta ayer, a dejar ingresar a los trabajadores despedidos y, por esta razón, el gremio mentenía el bloqueo, medida que se levantó ante la reincorporación de los empleados que habían sido despedidos.

 
En diálogo con la prensa, el tesorero de STIA, José Ocampo,  eplicó que “la gente vuelve a foja cero. Ahora, vamos a reunirnos con el jefe de Recursos Humanos para plantear algunos casos puntuales como el certificado médico, la ART y el tema de la deuda que la empresa mantiene con los trabajadores: las dos quincenas, el bono de fin de año de 5 mil pesos, retroactivos de mayo y junio”.

Otro de los puntos del conflicto es que la empresa pretendía pagar apenas el 50 % de las indemnización y en 30 cuotas, pretensión que desde el gremio se negaron a aceptar. Es que sostienen que el fundamento esgrimido por la patronal era errado, ya que Trabajo no se había expedido sobre el proceso de crisis preventiva solicitado por CAMINO S.A y, por ende, la empresa no estaba habilitada a pagar la mitad de las indemnizaciones.