En las últimas horas del día sábado, el Gobierno dio a conocer la normativa donde se especifican nuevas excepciones a partir de la semana que viene. Se trata de 11 nuevas actividades que se han incorporado, entre las que se encuentran actividades de cobranza y oficinas de rentas.

De esta manera, el Gobierno anunció que quedan exceptuadas del aislamiento obligatorio a partir de este lunes 20 de abril aquellas personas que trabajen en establecimientos que desarrollen actividades de cobranza de servicios e impuestos y en oficinas de rentas de las provincias y de los municipios, con sistemas de turnos y guardias mínimas.

Las actividades podrán desarrollarse en las provincias de La Pampa, Neuquén, Formosa, Santa Cruz, Corrientes, Tierra del Fuego, Salta, San Juan, Córdoba, Jujuy, La Rioja, Chubut, Catamarca, Río Negro, Entre Ríos, Mendoza, Santa Fe, Chaco, Buenos Aires, San Luis, Misiones y la ciudad autónoma de Buenos Aires.

Además, las personas que se encuentren desarrollando actividad registral nacional y provincial. Funcionará con sistema de turnos y guardias mínimas.

Se incorpora también la venta de mercadería ya elaborada de comercios minoristas, a través de plataformas de comercio electrónico, venta telefónica y otros mecanismos que no requieran contacto personal con clientes y únicamente mediante la modalidad de entrega a domicilio con los debidos resguardos sanitarios, protocolos y planificación de la logística. En ningún caso los comercios mencionados podrán abrir sus puertas al publico.

Por otro lado, estará exceptuada la atención medica y odontología programada, de carácter preventivo y seguimiento de enfermedades crónicas, con sistema de turno previo. Así como también, laboratorios de análisis clínicos, centros de diagnostico por imagen y ópticas, con sistema de turno previo.

Al mismo tiempo, peritos y liquidadores de siniestros de las compañías aseguradoras que permitan realizar la liquidación y pago de los siniestros denunciados a los beneficiarios y a las beneficiarias. En ningún caso se podrá realizar atención al publico y todos los tramites deberán hacerse en forma virtual, incluyendo los pagos correspondientes.

Establecimientos para la atención de personas victimas de violencia de genero. Y aquellos que se desempeñen en la producción para la exportación, con autorización previa del Ministerio de Desarrollo Productivo. Procesos industriales especificos, con autorización previa del Ministerio de Desarrollo Productivo.