El Intendente de la Municipalidad de Belén en uso de sus facultades decretó la habilitación a partir del día de la fecha de todos los comercios de la ciudad de Belén, cumplimentando con los protocolos sanitarios establecidos oportunamente y los comercios podrán abrir sus puertas en los horarios de 08:00 a 20:00 horas.
El Decreto N° 079-20 expresa:
ArtículoN°1: Autorizar la apertura de la actividad comercial en la ciudad de Belén en sus diferentes rubros a partir del día de la fecha en el horario de 08:00 a 20:00 horas aplicando los protocolos sanitarios correspondientes sin excepción.
Articulo N°2; Considérese: la situación Sanitaria Provincial y departamental para la continuación o no de las medidas aludidas en el artículo 1.