La medida que fue implementada por el ejecutivo nacional, y está siendo acatada en la provincia por los diferentes municipios.

Este es el caso de Fray Mamerto Esquiú, donde mediante decreto del ejecutivo municipal N° 087/2020 estableció que todos los locales comerciales de venta de productos alimenticios, de higiene personal, limpieza y otros (despensas, kioscos, minimercados, verdulería, carnicería, etc.) del departamento deben colocar en lugares visibles el LISTADO DE PRECIOS OFICIALES SEGÚN “RESOLUCIÓN 1010/200 de la Secretaría de Comercio Interior de la Nación, retrotrayendo los mismos al 6 de marzo de 2020.

Fijó además   el horario de atención  8:00 a  20:00hs para todos los locales comerciales de alimentos, y aquellos locales gastronómicos con delivery de 8:00 a 00:00hs.

El mismo decreto anticipa que el cuerpo de inspectores comenzará a fiscalizar su cumplimiento y  de inmediato se aplicarán las sanciones previstas en la ley Ley Nº 24.240 Normas de Protección y Defensa de los Consumidores, que van desde multas a clausura del establecimiento, a quienes incumplan con la normativa.

Recordemos que el último domingo, los intendentes del valle Central Ferreyra, Zenteno y Saadi reunieron con la Dra. María Florencia Birocco Directora provincial de Defensa del Consumidor y Lisandro Álvarez Ministro de Industria y Empleo, para la firma de un convenio para garantizar   el cumplimiento  de la resolución 86/2020 de Secretaria de Comercio Interior de la Nación.

El incumplimiento de la medida será severamente sancionada, con la suspensión por 24 hs. de las actividades comerciales de los infractores, hasta que regularicen los precios acorde a disposición nacional, de continuar infringiendo las normas se procederá a la clausura.