Fiscalía de Estado fue aceptada como querellante en la causa que se lleva adelante contra los exmagistrados Raúl Da Prá y Juan Pablo Morales, a quienes se los investiga por «cohecho pasivo agravado».

Fuentes judiciales confirmaron a El Ancasti que la Fiscalía de Delitos contra la Administración Pública, a cargo de Facundo Barros Jorrat, hizo lugar al nuevo pedido realizado por el organismo estatal. Tras esta confirmación, las defensas de Morales y Da Prá fueron notificadas y tienen plazo hasta el lunes para oponerse a esta instancia.

Es la segunda vez que Fiscalía de Estado había intentado ser parte en la causa. El primer intento había sido en julio. La presentación realizada por parte de los abogados de Fiscalía de Estado había sido días después de que se conociera la grave denuncia contra los exmiembros de la Cámara de Apelaciones, quienes están sospechados de haber cobrado una coima para beneficiar la situación de un detenido. Ambos todavía no fueron indagados ya que apelaron la medida (ver recuadro).

El 29 de junio se conoció la denuncia que tuvo como anexo un video editado en el que se apreciaba cómo supuestamente ambos involucrados recibían un sobre.

En forma paralela se inició la investigación penal y el Tribunal de Enjuiciamiento consideró admisible la denuncia. En ese lapso los excamaristas presentaron una denuncia penal contra autores desconocidos por la difusión del video que consideraban que era falsificado.

El Tribunal de Enjuiciamiento ordenó la suspensión de Da Prá y Morales y se inició el proceso. Semanas más tarde el fiscal del jury, Miguel Mauvecín, formuló la acusación contra ambos quienes finalmente renunciaron.
Investigación jurisdiccional

Una de las cuestiones que no había sido resuelta antes de la renuncia de Morales y Da Prá -en agosto pasado- había sido si la investigación jurisdiccional debía ser realizada por la Fiscalía o el Juzgado de Control de Garantías. Finalmente esto quedó sin materia luego de la dimisión de los exmagistrados.

En un primer momento, el fiscal Barros Jorrat giró las actuaciones al juez de Control de Garantías N° 3, Ramón Porfirio Acuña, quien entendió que era inconstitucional el artículo 20 del Código Procesal Penal de Catamarca, que establece que el juez debe ser el que investigue cuando el sospechado sea un legislador o funcionario judicial.

La Fiscalía y las defensas de los exjueces apelaron la medida y un Tribunal de Alzada debía resolver el trámite. No obstante, el 27 de agosto ambos presentaron la renuncia lo que motivó que la cuestión quedara sin materia. De igual modo se conformó un tribunal para expedirse y el planteo quede cerrado.n