El Ejecutivo quería que el ajuste de diciembre se tomara “a cuenta”. Tras las fuertes críticas, se modificó el texto. También los aumentos no serán cada 6 meses sino que habrá 4 aumentos por año.

El Bloque de Senadores del Frente de Todos informó que, luego al consultar al Presidente Alberto Fernández, se tomó la decisión de dar marcha atrás con el proyecto de movilidad que fijaba que el aumento del 5% de diciembre para jubilaciones y demás prestaciones sociales se descontaba del próximo incremento que debe otorgarse en marzo de 2021. Y luego en una reunión en Casa Rosada junto a la titular de la ANSeS, Fernanda Raverta y el Ministro de Trabajo, Claudio Moroni, el Presidente decidió que los aumentos a jubilados a partir del año próximo serán cuatro a lo largo del año en lugar de dos como originalmente estaba en el proyecto.

“Es una modificación que surge desde el Bloque que fue conversada con el Ejecutivo con el objetivo de mejorar los ingresos de nuestros jubilados y jubiladas”, indicaron desde el Bloque del Frente de Todos.

Esto significa anular el artículo N° 6 del proyecto oficial que incorporaba la pérdida del aumento de un trimestre a todo el  universo de 18 millones de personas, entre jubilados, pensionados, pensiones no contributivas, Asignaciones Familiares, AUH y PUAM ( Pensión Universal al Adulto Mayor).

No se aclaró si esos serían los únicos cambios porque si se  propone volver al esquema de movilidad que estuvo vigente durante el Gobierno de Cristina Fernández de Kirchner,  significa modificar del proyecto oficial la fórmula que tomaba en cuenta para determinar el aumento previsional en un 50% la evolución de los salarios formales (RIPTE) y 50% la recaudación de la ANSeS. Es que al volver al esquema vigente entre 2009-2017, la evolución de los salarios deberá tomar en cuenta la evolución del RIPTE y de los salarios del INDEC, “de ambos el mayor”. Eso mejora el resultado de la fórmula.

En cambio, a diferencia de la ley de 2009-2017, los aumentos no serán semestrales sino trimestrales como se aplicó desde marzo de 2018 hasta diciembre de este año.

No obstante, la fórmula no tiene la garantía de un piso o ajuste por inflación si la suba de los precios supera los aumentos previsionales.

La decisión de dar marcha atrás se tomó por la enorme repercusión que provocó entre las filas del oficialismo la inclusión a último momento, y sin discusión previa en la Comisión Bicameral que preparó el proyecto, el articulo N° 6 que fijó que el aumento del 5% era un adelanto del aumento a cuenta del que se otorgue en marzo de 2021. Es que  nunca en la historia previsional argentina se otorgó un aumento a los jubilados a descontar en el siguiente aumento.

Como informó Clarín, el proyecto se filtró a la prensa el sábado antes del mediodía, tuvo amplía cobertura en la ediciones del mismo sábado y domingo y el lunes, temprano el economista Claudio Lozano, director del Banco Nación, sostuvo que de aprobarse ese artículo, “los jubilados pierden un trimestre de aumento”. Poco después del mediodía la diputada Mirta Tundis, del Frente Renovador, y especialista en Seguridad Social, muy angustiada, dijo que rechazaba ese artículo y que votará en contra. Minutos después desde el bloque “lavagnista” Consenso Federal, el diputado Jorge Sarghini dijo lo mismo: es inaceptable.

El Defensor de la Tercera de Edad, Eugenio Semino adelantó que presentará una “medida precautelar” para evitar que se descuente en marzo el 5% de diciembre y que presentaría una demanda contra la Argentina en la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.  El Fiscal de la Seguridad Social, Gabriel de Vedia, propuso anular ese descuento para reparar el diferimiento  del aumento de un trimestre que se hizo a fines de 2017, en referencia, dijo, al “mal empalme” de fórmulas durante el Gobierno anterior.

En tanto, el ex Presidente de la Cámara de la Seguridad Social, Luis Herrero sostuvo que considerar un adelanto de marzo 2021 un aumento otorgado en diciembre de 2020  “es claramente ilegal e inconstitucional”. Y que “este artilugio del “pago a cuenta” no hace más que reiterar la nefasta doctrina “cavallista” de utilizar a las jubilaciones y pensiones como variables de ajuste de la economía”.

También contribuyó a confirmar que el articulo 6 significaba la pérdida del aumento de un trimestre, la Resolución 27/20, del Ministerio de Trabajo, publicada este lunes en el Boletín Oficial. Es que al actualizar los coeficientes para calcular los sueldos de los trabajadores que se toman como referencia para calcular el haber inicial de quienes se jubilen a partir del 1° de diciembre, la Resolución ministerial reconoció, en forma implícita, que el 5% de aumento por decreto de diciembre corresponde al segundo trimestre de 2020. Y por lo tanto, no podría ser considerado como un adelanto de un aumento futuro.

Otro dato importante es que el 5 % de diciembre es uno de los 4 aumentos que ordenó otorgar la ley de Emergencia aprobada a fines de 2017, mientras durara este año la suspensión de la movilidad. Por lo tanto, si el 5% de diciembre es un adelanto de la movilidad automática de marzo de 2021, como decía el proyecto oficial, se estaría incumpliendo con la ley de Emergencia porque solo se habría otorgado este año 3 aumentos, como precisó la especialista Elsa Rodriguez Romero.