Lo decidió el Tribunal luego de los alegatos del fiscal y la querella, que pidió penas de entre tres y cinco años de cárcel para el resto.
El hermano del director de cine habría cumplido hoy 44 años.
El juicio por la muerte de Alejandro Cohn, el hermano del cineasta Mariano Cohn, dio un giro este jueves con la absolución de tres de los nueve médicos del Hospital de San Isidro que llegaron imputados al juicio. Fue luego de que el fiscal pidiera desestimar la acusación contra cuatro de ellos y la querella contra tres, durante los alegatos. Para los otros seis pidieron penas de entre tres y cinco años de cárcel.
El director de cine de 48 años lleva casi una década luchando por justicia por su hermano, que falleció a los 35 luego de entrar por una baja de azúcar en ese centro de salud el 27 de julio de 2015. Murió poco después, por múltiples e inexplicables lesiones.
En una audiencia clave, pero además emotiva por tratarse del día en el que Alejandro cumpliría 44 años, el fiscal Diego Molina Pico pidió para los nueve médicos del Hospital de San Isidro que estaban imputados, una pena diferenciada. Además, tomó otra decisión llamativa e importante: desestimó la acusación por “violación de prueba” y mantuvo solamente la de “homicidio culposo”.
Argumentó que, durante la instrucción, nunca se supo dónde estaban las hojas de enfermería de ese sábado en que se internó Cohn, en la que se deberían haber registrado las prácticas que le realizaron. Por esa razón, el fiscal señaló que no había “suficientes que acrediten la existencia de ese registro”. En una de las audiencias, el 20 de abril, la jefa de enfermería Mariana Karuchek afirmó que el libro del shock room estaba desaparecido desde hacía años.
Respecto a la imputación de homicidio culposo, acusó solamente a los médicos Marcelo Toro Solano, Ana María Sánchez, Carla Setti, Viviana Quiroga y María Soledad Seijo.
Solano, quien estaba a cargo de la ambulancia esa noche, recibió el máximo pedido de pena: cinco años de prisión y ocho de inhabilitación especial para ejercer la medicina al considerarlo autor del homicidio culposo. Pico lo señaló como la persona determinante para el trágico final que tuvo Alejandro, porque “no dio ningún tipo de atención primaria durante el trayecto al hospital”.
En su alegato, el fiscal dijo que el médico estuvo con la víctima desde las 21 hasta las 21.28. “La desatención primaria llevó a la descompensación y a la muerte del paciente. Los 28 minutos que estuvo con el paciente (de camino y en el hospital) no hizo nada”, remarcó.
Además, señaló como agravantes “la larga agonía de la víctima”, porque no se trató de una muerte instantánea y Cohn permaneció mucho tiempo sin ser atendido, la “familia destruida” por el hecho y el “impacto social” que generó este expediente.
En el caso de Sánchez y Setti, quienes estaban en la sala de guardia ese día, el fiscal pidió tres años de prisión de ejecución condicional y cinco años de inhabilitación especial para ejercer, al considerarlas también coautoras del homicidio de Alejandro Cohn.
De la misma forma solicitó la pena para las médicas María Soledad Seijo y Viviana Quiroga (quienes intentaron entubar a Cohn, pero no lograron hacerlo). En estos casos, consideró como agravantes la “larga agonía del paciente”, “la familia destruida” por el hecho y “el impacto social” que provocó el caso.
“Quedó claro que estamos a la vista de que esto no comenzó con un paciente terminal, sino como una cuestión médica tratable, simple, con la solución a la mano de cualquiera, pero se transformó en terminal, paradójicamente, cuando estuvo en manos de distintos médicos y enfermeras de la guardia”, expuso Molina Pico en su conclusión.
En cuanto a Martín Montagna, Maximiliano Ragazzoli, María Vogelin y Darío Campos el fiscal determinó que “se produce un corte en la imposibilidad de imputación”, por lo cual no los acusó. Cabe destacar, que en cuanto al primero aseguró que por estar esa noche llevando a cabo una operación, “estaba cumpliendo un deber”.
A punto de terminar los alegatos, el fiscal pidió que se hagan copias certificadas de las actuaciones y de las filmaciones del juicio para que la Fiscalía de Instrucción “lleve a cabo la investigación correspondiente por el homicidio culposo de Alejandro Cohn” también respecto de las enfermeras Nancy Flores y Erlith Valverde Rivera, quienes estaban en la guardia esa misma noche.
“No llevaron a cabo absolutamente ningún acto de cuidado y de custodia como tienen que hacer las enfermeras y las guardias de un hospital”, finalizó.
Qué dijo la querella
En una sala colmada, el juez Facundo Ocampo le dio la palabra al abogado Juan Carlos García Dietze, representante de la familia Cohn. En sintonía con Pico, dedicó gran parte de sus alegatos al doctor Solano con la diferencia de que pidió cinco años de prisión de inhabilitación como médico y que cuando se dicte la sentencia este no pueda salir del país.
Para el abogado de la familia, el médico “podría haber evitado cualquier convulsión, paro cardiorrespiratorio, la falta de oxigenación y todo lo que ocurrió después”, si al momento de atenderlo le hubiera administrado una vía o hubiera permitido que las primeras personas que socorrieron a Cohn le administrarán un poco de azúcar de un sobrecito que corrieron a buscar y que luego desestimó el médico de la ambulancia diciendo: “Guarden el azúcar, porque ahora nos ocupamos nosotros”.
En cuanto a Montagna, a diferencia del fiscal, la querella lo consideró como uno de los acusados. “Discrepo con el doctor Pico con que el cargo de jefe de guardia es meramente administrativo. No se puede aceptar que en un shock room lleno de pacientes críticos haya permitido, como jefe del hospital, que quienes no estaban capacitadas para resolver las cuestiones críticas estén en ese cargo”, remarcó sobre las doctoras Sanchez y Setti.
Para el querellante se trató de “una conducta permisiva y negligente” y Montagna no se podía desentender, cómo jefe del área, del riesgo que “implica poner en un lugar de riesgo a quienes no están en condiciones de resolver esas situaciones críticas”.
Por eso consideró pertinente pedir tres años y seis meses de prisión para Montagna y siete años de inhabilitación para la práctica de la medicina por homicidio culposo.
Luego para Seijo, Sánchez, Quiroga y Setti pidió la pena de tres años de prisión e inhabilitación por seis años. En consonancia con Pico, Campos, Voguelin y Ragazzoli no recibieron pedido de condena “por no tener pruebas suficientes”.
Al terminar la audiencia, el juez Facundo Ocampo, titular del juzgado Correccional N°4, resolvió absolver a Darío Ricardo Campos, Marina Vanessa Vogenin y Maximiliano Andrés Ragazzoli de los delitos de homicidio culposo y violación de elementos probatorios.
Y en segundo lugar, absolver a Marcelo Rodrigo Toro Solano, Carla Setti, María Soledad Seijo, María Viviana Quiroga, Ana María Sánchez y Martín Montagna del delito de violación de elementos probatorios.
Cómo fue la muerte de Alejandro Cohn
El sábado 27 de julio de 2015, alrededor de las 20.30, Alejandro Cohn salió de su casa en moto para ir a jugar al fútbol con sus amigos. Se detuvo en Avenida de la Unidad Nacional y Lima, en Martínez, porque se sentía mal. Vomitó, llamó a su amigo Leonardo Falasconi y le avisó que no llegaría a tiempo.
Lo asistieron tres personas en la calle, lo acompañaron en ambulancia hasta el Hospital “Melchor Posse” de San Isidro y se ocuparon de avisar y de esperar hasta que llegaran sus padres. “Entró caminando”, reclama la familia Cohn.
Mario Cohn y Beatriz Arroyo estaban cenando cuando recibieron un llamado y fueron al hospital para ver qué había pasado con su hijo.
Al llegar a la guardia, Alejandro respondió las 15 preguntas de protocolo y mantuvo un diálogo informal con su padre.
Para las 21, el joven seguía en una camilla descompensado y sin recibir atención médica. Mario notó que, al respirar, Alejandro hacía un ronquido y pidió ayuda a los médicos de guardia que lo trasladaron al shock room. Luego de algunas horas, fue trasladado a terapia intensiva con signos de golpes, una traqueotomía y en coma inducido.
Ante la insistencia de su familia, Alejandro fue trasladado al Hospital Italiano con una traqueotomía mal hecha, inexplicables fracturas y un diagnóstico de muerte cerebral. Allí decidieron desconectarlo y finalmente falleció.
La autopsia determinó que tenía una luxofractura de vértebra cervical con rotura de médula ósea, luxofractura de vértebra torácica, fractura de clavícula derecha y fractura de arcos laterales. La causa de la muerte que establecieron los peritos fue “encefalopatía hipóxica isquémica”.
Durante la investigación, se cuestionó la ausencia de cámaras de seguridad, que el libro de informes del shock room se perdió y que las hojas de enfermería con el registro de ese sábado fueron arrancadas del libro de actas.
Casi en al mismo tiempo que el inicio del juicio, se estrenó un documental llamado “Hermanos, una historia de sangre“. Fue realizado por Carlos D’Elía y narra el drama de los Cohn con las voces de Antonio Banderas, Oscar Martínez, Luis Brandoni y Guillermo Francella y está disponible en Flow y en la plataforma Max.