Hoy, la Cámara de Diputados, dio media sanción a un proyecto de ley sobre la integración del artículo 5º de la ley Nº 5128 de “Regalías mineras. Distribución y Administración de los fondos recaudados por este concepto”.

En el proyecto de ley presentado por el diputado Sergio Saracho, comprende en el caso de que los municipios no especificaran en un plazo de seis meses los proyectos de inversión en obras de infraestructura para el desarrollo económico, y los programas para capacitación en actividades productivas, contándose a partir del envío de los recursos especificados y distribuidos conforme a los artículos 1, 2 inciso b), 4 y 7 de la presente ley, el Poder Ejecutivo estará facultado a ejecutar obras de infraestructura para el desarrollo económico y programas de capacitación en la comunidad o comunidades de la jurisdicción del municipio respectivo sin alterar la distribución, ni el destino asignados en la presente ley.

Siguiendo esta linea, el Poder Ejecutivo, debe definir el destino de la inversión el plazo estipulado, puede ser prorrogable por única a decisión del Poder Ejecutivo cuando lo considere necesario y por causas específicas. La ley agrega que en el caso de que el Poder Ejecutivo o el Municipio respectivo decidieran utilizar los fondos para financiar programas de capacitación en actividades productivas, éstos no pueden superar el 5 % de los fondos que les corresponden según la distribución.Además, el Poder Ejecutivo y el municipio deberá utilizar el porcentaje mencionado solo para programas de capacitación que se encuentren vinculados al proyecto de inversión.

“La mencionada modificación en el articulado tiende a mejorar la ley 5128 y el Decreto Acuerdo 202/2013 que reglamenta varios artículos de la misma. En ningún caso se trata de menoscabar las autonomías municipales, puesto que las potestades son propias de cada una de las jurisdicciones respectivas. Por el contrario, es interés del presente proyecto establecer un marco de celeridad para que el Poder Ejecutivo en colaboración con los Municipios respectivos, se inviertan los fondos en forma razonable”, sostuvo el legislador al fundamentar la ley.

En continuo discurso al fundamentar, ademas sostuvo;“Si tenemos en cuenta que las regalías mineras, son una contraprestación económica que se abona al Estado como dueño originario de sus recursos naturales, en este caso los minerales, por parte de un particular que explota recursos no renovables, podemos plantear una reforma que implique una modificación estructural en materia de diseño de proyectos de inversión con el objeto de una adecuada y necesaria asistencia técnica y financiera por parte del Poder Ejecutivo provincial para la prosperidad económica, social y ambiental de las comunidades del interior”, agregó.

Durante el tratamiento de la ley también hicieron uso de la palabra, los diputados Francisco Monti, Luis Lobo Vergara, Marcelo Murúa, Víctor Luna, Armando Zavaleta, Jorge Andersch, Augusto Barros, Marita Colombo, Cecilia Guerrero, Macarena Herrera.