
Desde el bloque oficialista en la Cámara de Diputados presentaron un proyecto para
modificar la ley Orgánica de los Partidos Políticos y la normativa Electoral Provincial.
¿El objetivo? Incluir una nueva inhabilidad a cargos electivos y partidarios
estableciendo que las personas que se encuentren en calidad de deudores tributarios
del Estado Provincial no puedan ser candidatos o candidatas.
La impulsora del proyecto, Mónica Zalazar (Frente de Todos), propone incluir un
inciso “e” dentro del artículo 31 de la ley Orgánica para establecer que no podrán ser
candidatos a cargos públicos electivos, ni ser designados para ejercer cargos
partidarios las personas “que a la fecha de oficialización interna de lista mantenga
deuda tributaria con el Estado Provincial, debiendo acreditar tal situación mediante
certificado de libre deuda tributaria emitido por Dirección General de Rentas”.
En cuanto a la ley electoral catamarqueña, sugiere modificar el artículo 36 para que
se disponga que ”desde la publicación de la convocatoria y hasta 30 días anteriores a
la elección, los partidos registrarán ante el Juez Electoral la lista de candidatos
públicamente proclamados, quienes deberán reunir las condiciones propias para el
cargo para el cual se postulan y no estar comprendidos en ninguna de las
inhabilidades legales conforme establece la Constitución de la Provincia y la Ley
Orgánica de los Partidos Políticos”.
A la vez, agrega que “los partidos presentarán juntamente con el pedido de
oficialización de listas los datos de filiación completos de sus candidatos, último
domicilio electoral y certificado de libre deuda tributaria con el Estado Provincial
expedido por autoridad competente”.
Dentro del proyecto la legisladora indica que la idea surge “ante la exigencia de la
sociedad de que los representantes sean no sólo idóneos para el cargo a ocupar,
sino también transparentes en sus actos previos a ser elegibles”. “No debemos
olvidar que como ciudadanos gozamos de una serie de Derechos, Garantías y
Deberes que nos otorga el Estado, entre los cuales se encuentra, el deber
comunitario y social de protección, cuidado y conservación de la propiedad del
Estado” agrega la diputada.
Además, rescata el artículo 7 -inciso 2- de la Convención de las Naciones Unidas
contra la Corrupción. Allí se indica que “cada Estado Parte considerará también la
posibilidad de adoptar medidas legislativas y administrativas apropiadas (…) a fin de
establecer criterios para la candidatura y elección a cargos públicos”. Zalazar explica
que, en otras palabras, dicho artículo “expresa que el proceso electoral en una
sociedad republicana es uno de los pilares en que se asienta toda noción de
Democracia, el Estado debe ahondar los requisitos para el acceso a las
magistraturas públicas”.
También observa que el derecho a ser votado “es susceptible de regulaciones más
intensas que el derecho a votar, en razón de que existe un marcado interés público
en dicha regulación, en tanto se trata de las personas encargadas de dirigir y cuyas
decisiones tendrán directa afectación en la vida y derechos de toda la comunidad a la
que pertenecen”. La diputada remarca que “el desarrollo de los partidos políticos está
ligado al desarrollo de la democracia misma” con lo cual se debe procurar “la
preservación de dicha institución de forma transparente”.
En este sentido, indica que “la formación de sus dirigentes y los partidos están
obligados a difundir el origen y destino de los fondos que reciben y de su patrimonio”
y que “permitir la conformación de listas con morosos del Estado constituiría una
contradicción a los principios fundamentales que le dan origen”.
