El borrador cambia esa parte para proponer la aplicación de una licencia prejubilatoria, a la que podrán acceder los empleados públicos que cuenten como mínimo con 61 años de edad, en el caso de los hombres, y 56 años para las mujeres. Se apunta a que esa licencia sea concedida por un máximo de 48 meses previo a la fecha de notificación de encontrarse en condiciones de acceder al beneficio previsional.

Además, el texto detalla que quedarán excluidos de la licencia las personas que no cuenten con los requisitos básicos establecidos por Anses para acceder a la jubilación ordinaria y también quienes perciban adicionales especiales sujetos a carga horaria extraordinaria, salvo expresa renuncia del trabajador a recibir el adicional. A estos casos se  suman los de los agentes que integren el escalafón seguridad.

Ahora bien, el borrador del proyecto esgrime que durante el tiempo que dure la prejubilación, el trabajador al que le falten dos años para cumplir con la edad percibirá el 70 por ciento de los haberes netos correspondientes a su categoría y agrupamiento de un agente de planta permanente en actividad. Si le faltasen cuatro años para cumplir de la edad mínima, la licencia será por el 60 por ciento.

A la vez, se indica que en ambos casos se abonarán aportes y contribuciones y se aplicará el régimen de recategorización automática e incrementos salariales.

Finalmente, deja claramente marcado que, una vez notificado del otorgamiento del beneficio jubilatorio por Anses, el trabajador tendrá la obligación de presentar su renuncia.