
El mediodía de hoy, la Camara Penal Nº 3, dio a conocer los fundamentos en los que se apoyo el juez Jorge Palacios, paras dictar la sentencia impuesta al intendente de Puerta de Corral Quemado.
A continuación los fundamentos:
En función a lo expuesto y normas legales de cita, el Tribunal,
RESUELVE: I)-Declarar culpable a Enrique del Carmen AYBAR, de
condiciones personales relacionadas en la causa, como autor penalmente
responsable del delito de Abuso Sexual Simple agravado por la guarda, previsto y
penado por los arts. 119 cuarto párrafo inc. “b” en función del art. 119 1er., párrafo
y 45 del Código Penal; imponiéndole para su tratamiento penitenciario la pena de
seis años de prisión de cumplimiento efectivo con más accesorias de ley y costas
(arts. 5, 12, 40 y 41 del Código Penal; 407, 536 y concordantes del Código
Procesal Penal); la que se efectivizará una vez que se encuentre firme la presente
sentencia; imponiéndose al mismo como obligaciones procesales (art. 279 del
C.P.P.), las siguientes: a)-Fijar domicilio y no mudarlo sin aviso a la autoridad
judicial; b)-No ausentarse del ámbito provincial, sin autorización judicial; c)-
Permanecer a disposición del Órgano Judicial y concurrir las veces que sea citado;
d)-Presentarse una vez por semana en la Secretaria de la Cámara Penal Nro. 3, en
horario de Despacho y e)-Abstenerse de mantener todo tipo de contacto personal o
cualquier otro medio con E.D.V.R y su grupo familiar; todo ello bajoapercibimiento de ley, en caso de incumplimiento, de proveer lo que por derecho
corresponda. II)-Hacer lugar parcialmente a la pretensión efectuada por la
Querellante Particular. III)-Téngase presente la reserva del Caso Federal solicitada
por parte de la defensa Técnica del imputado.-IV)-Tener por desistida la Acción
Civil formulada en sede penal por la Srta. E.d.V.R. con el patrocinio letrado del
Dr. Sebastián Ibañez (art. 106 del C.P.P.) . V)-Por Secretaría, una vez firme la
presente Sentencia, lábrese el acta respectiva a fin de hacer saber a la víctima los
alcances previstos en el art. 11 bis y concordantes de la Ley Nº27.375,
modificatoria de la Ley Nº24.660, respecto a lo resuelto en el punto “I” del
presente resolutorio.
Enrique Aybar fue condenado a 4 años de prisión por el delito de abuso sexual simple en perjuicio de una joven de 15 años en un hecho ocurrido en 2013. Si bien la modalidad es efectiva, seguirá libre hasta tanto no se encuentre firme la sentencia.