El instrumento que habilita la centralización de las regalías hace referencia al decreto por el cual la Provincia se adhirió al DNU del Gobierno nacional. Es que dentro de su articulado se indica que “mientras dure la emergencia podrán destinarse recursos provinciales afectados a otros destinos distintos de los aprobados por sus respectivas leyes de afectación, transformándolos en recursos de rentas generales, quedando exceptuados los recursos que financien gastos de personal”.

Así, el decreto que pone en mano de Tesorería los fondos mineros argumenta que “resulta necesario establecer medidas que permitan la utilización eficaz y eficiente de los recursos, con la inmediatez que demanda el estado de emergencia no sólo económico y financiero sino fundamentalmente sanitario, utilizando los recursos disponibles con celeridad y eficacia a los fines de atender las necesidades urgentes que se presentan, sin mengua de la transparencia que debe primar en todo el obrar público”.
De esta forma, se dispuso que “la Tesorería será el organismo de percepción y distribución de regalías mineras, canon minero, derechos de explotación y todo recurso restante proveniente de la actividad minera”. A la vez, aclara que “los saldos que se encuentren bajo la administración del ministerio de Minería deberán ser transferidos a la cuenta que determine Tesorería”.