
El 19 de agosto, Jonathan Sánchez Pedraza fue condenado a la pena de 3 años y 7 meses de prisión efectiva tras ser hallado culpable de grooming, en lo que fue el primer caso ocurrido en la provincia bajo esta nueva figura penal.
El pasado miércoles se conocieron los fundamentos de la sentencia impuesta por el Juez Correccional N° 2, Diego Chaile Costilla, quien lo declaró culpable y le impuso una pena muy próxima al máximo, que es de cuatro años. La detención se concretará cuando el fallo quede firme.
El Ancasti tuvo acceso a los fundamentos en los que resaltó la peligrosidad del sujeto, quien, bajo una cuenta falsa de Facebook (se hacía pasar por Ramiro Avellaneda), se dedicaba a buscar a menores de edad.
El sujeto había utilizado la red social Facebook para «seducir» a la víctima, de tan solo 9 años, a la que le enviaba mensajes preguntándoles sobre su vida privada y posteriormente comenzó a pedirle fotografías.
«Procede a realizar manifestaciones a una menor, que me llevan a sostener en mi íntima convicción que con las mismas, tenías claras intenciones de menoscabar su integridad sexual», según entendió el magistrado.
«La figura del contacto mediante tecnologías con una menor de edad que tiene como fin menoscabar la integridad sexual, protege la libertad sexual que afecta además a la dignidad personal, al cosificar a la víctima», añadió.
Chaile Costilla se refirió a la declaración de la víctima en audiencia en la que señaló que tuvo que consultar a una prima tras las preguntas que le hacía Sánchez Pedraza. «Esto evidencia su estado de falta de entendimiento del tenor de las preguntas, que el imputado realizaba a sabiendas de que era una menor de edad, no siendo esto en ningún momento una limitación para que el acusado continuara haciendo cuestionamientos de índole sexual en varias oportunidades».
Costilla Chaile fue más allá en su análisis y describió al condenado como «una persona que estaba en la búsqueda, un ave de rapiña sexual que estaba en la búsqueda detrás de un celular, computadora, a la pesca de niñas que creyeran el relato que les brindaba».
En el fallo se refirió al informe psicológico del acusado que describió que «no presenta alteraciones mentales, posee capacidad para discernir y dirigir sus acciones, y comprende la criminalidad de sus actos».
Además mencionó la pericia realizada a la víctima que sostiene que «se observa perplejidad, angustia, temores, inseguridad, sentimientos de culpa y vergüenza, relacionados a la vivencia de haber sido engañada y manipulada por una persona adulta desconocida, en el área de su sexualidad».
El juicio contra Sánchez Pedraza fue el segundo por grooming en la provincia. Una semana antes había sido condenado Marcelo Zamorano a 3 años de prisión efectiva por un hecho ocurrido en el 2017.
Sánchez Pedraza fue encontrado culpable luego de que fuera denunciado en marzo del 2014.
Logró evitar en cinco oportunidades el comienzo del juicio oral. La más reciente fue semanas antes del juicio cuando su abogado defensor presentó un escrito en el que daba cuenta que tenía síntomas de COVID-19. Esto fue descartado y Sánchez Pedraza estuvo sentado en el banquillo de los acusados.
La fiscal Olga Pereira de Delgado y los querellantes, Fernando Navarro y Leonardo Carrasco habían pedido la pena máxima, 4 años. La defensa, su absolución.